
Regularización de Extranjeros en España 2026: Guía Completa tras la Aprobación del Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros ha aprobado la regularización extraordinaria de extranjeros en España. Te explicamos todos los requisitos, plazos, documentación necesaria y el procedimiento paso a paso para solicitar tu autorización de residencia y trabajo.
Si llevas años viviendo en España sin papeles, esperando una oportunidad para regularizar tu situación, este es el momento que estabas esperando. El Consejo de Ministros ha aprobado la regularización extraordinaria de extranjeros en 2026, una medida histórica que podría beneficiar a cientos de miles de personas. En esta guía completa te explicamos todo lo que necesitas saber: requisitos, plazos, documentación necesaria, el procedimiento paso a paso y los recursos disponibles para que puedas iniciar tu solicitud con confianza.
⚖️ Este contenido ofrece información orientativa. Confirma siempre los detalles en la Oficina de Extranjería o con un abogado colegiado.
¿Qué ha aprobado exactamente el Consejo de Ministros?
Contexto político y social de la aprobación
España alberga, según estimaciones del INE y diversas organizaciones sociales, entre 400.000 y 600.000 personas en situación administrativa irregular. Esta realidad ha generado un intenso debate político y social durante años. La presión de organizaciones como CEAR, ACCEM y Cruz Roja, junto con la necesidad de incorporar a estas personas al mercado laboral formal y al sistema de cotizaciones de la Seguridad Social, ha sido determinante para la aprobación de esta medida.
El contexto económico también ha jugado un papel fundamental. Con una tasa de desempleo a la baja y sectores como la agricultura, la hostelería, los cuidados y la construcción demandando mano de obra, la regularización se presenta como una solución pragmática que beneficia tanto a las personas migrantes como al conjunto de la economía española.
Resumen del decreto aprobado
El decreto aprobado por el Consejo de Ministros establece un procedimiento extraordinario de regularización que permite a las personas extranjeras en situación irregular obtener una autorización de residencia y trabajo, siempre que cumplan determinados requisitos. La medida se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor a los 20 días de su publicación.
Los aspectos más destacados del decreto incluyen:
Ámbito de aplicación: personas extranjeras mayores de edad que se encuentren en España en situación irregular.
Autorización concedida: residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, con una duración inicial de dos años.
Plazo de solicitud: se abrirá un periodo de seis meses desde la entrada en vigor para presentar las solicitudes.
Órgano competente: las Oficinas de Extranjería de cada provincia.
Diferencias con anteriores regularizaciones en España
España ha llevado a cabo procesos de regularización extraordinaria en varias ocasiones: 1985, 1991, 1996, 2000, 2001 y la última gran regularización en 2005 bajo el gobierno de Zapatero, que benefició a más de 570.000 personas. La regularización de 2026 presenta diferencias significativas:
Mayor digitalización: por primera vez, el proceso podrá realizarse íntegramente de forma telemática a través de la sede electrónica.
Requisitos de permanencia más flexibles: se reduce el tiempo mínimo de estancia continuada exigido.
Enfoque laboral: se prioriza la vinculación con el mercado de trabajo, facilitando la regularización a quienes puedan acreditar actividad laboral.
Protección de menores y familias: se incluyen disposiciones específicas para menores y unidades familiares.
¿Quién puede acogerse a la regularización? Requisitos completos
Requisitos generales de elegibilidad
Para poder acogerse a la regularización extraordinaria de 2026, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
Presencia en España: acreditar una estancia continuada en territorio español de al menos dos años antes de la fecha de entrada en vigor del decreto. Se admitirán ausencias puntuales que no superen los 90 días en total.
Empadronamiento: estar inscrito en el padrón municipal de algún municipio español. El certificado de empadronamiento histórico será el documento probatorio principal.
Carecer de antecedentes penales: no tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anterior durante los últimos cinco años.
No tener prohibición de entrada: no estar sujeto a una orden de expulsión en vigor ni a una prohibición de entrada al espacio Schengen.
No suponer una amenaza para el orden público: no estar implicado en actividades que puedan considerarse una amenaza para la seguridad nacional.
Requisitos específicos según perfil
Para trabajadores por cuenta ajena:
Acreditar una relación laboral existente o una oferta de empleo en España.
El empleador deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
El contrato de trabajo deberá tener una duración mínima de un año.
Para trabajadores por cuenta propia:
Presentar un plan de negocio viable o demostrar actividad económica ya en marcha.
Disponer de medios económicos suficientes para el sostenimiento de la actividad.
Para familias y menores:
Los menores de edad que se encuentren en España podrán ser incluidos en la solicitud de sus progenitores o tutores legales.
Las familias con menores escolarizados en España tendrán consideración preferente.
Los cónyuges o parejas de hecho registradas podrán presentar solicitud conjunta.
Exclusiones y supuestos de denegación
Quedarán excluidas de la regularización las personas que:
Tengan antecedentes penales por delitos graves en España o en el extranjero.
Estén sujetas a una orden de expulsión ejecutada o en proceso de ejecución.
Hayan sido condenadas por delitos contra los derechos de los trabajadores.
Constituyan una amenaza acreditada para el orden público o la seguridad nacional.
Hayan realizado fraude documental en procedimientos anteriores de extranjería.
Documentación necesaria: lista completa y dónde obtenerla
Documentos de identidad y pasaporte
Pasaporte en vigor o documento de viaje equivalente. Si el pasaporte está caducado, se aceptará acompañado de una declaración jurada y un justificante de cita en el consulado correspondiente para su renovación.
Fotocopia completa del pasaporte (todas las páginas, incluidas las blancas).
Fotografías recientes tamaño carnet (fondo blanco, 32x26mm), al menos 3 unidades.
Certificados de empadronamiento y convivencia
Certificado de empadronamiento histórico: se obtiene en el Ayuntamiento donde estés empadronado. Debe reflejar al menos dos años de inscripción. Coste: gratuito en la mayoría de ayuntamientos.
Certificado de convivencia (si se solicita como unidad familiar): acredita que los miembros de la familia residen en el mismo domicilio.
Documentación laboral y económica
Contrato de trabajo o precontrato firmado por el empleador, con una duración mínima de un año.
Informe de vida laboral del empleador (para verificar que está al corriente de sus obligaciones).
Declaración responsable del empleador comprometiéndose a dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
Para autónomos: plan de negocio, alta en Hacienda (modelo 036/037), y justificación de medios económicos.
Otros documentos complementarios
Certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido al español por un traductor jurado.
Certificado médico que acredite que no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves en la salud pública (según el Reglamento Sanitario Internacional).
Justificante del pago de la tasa administrativa: modelo 790, código 052. El importe actual es de aproximadamente 16,32€ (tasa de autorización de residencia temporal).
Formulario de solicitud (modelo EX-TT o el específico que se habilite para este proceso).
Procedimiento paso a paso para solicitar la regularización
Paso 1: Verificar tu elegibilidad
Antes de iniciar cualquier trámite, comprueba que cumples todos los requisitos generales y específicos descritos en las secciones anteriores. Te recomendamos:
Consultar con un abogado especializado en extranjería.
Verificar tu tiempo de empadronamiento en el Ayuntamiento.
Comprobar que no tienes antecedentes penales pendientes.
Paso 2: Reunir toda la documentación
Prepara todos los documentos indicados en la sección anterior. Ten en cuenta que algunos, como el certificado de antecedentes penales del país de origen, pueden tardar varias semanas en obtenerse, por lo que es importante empezar cuanto antes.
Consejos prácticos:
Solicita los certificados con antelación suficiente (al menos 1-2 meses antes del plazo de solicitud).
Asegúrate de que las traducciones juradas y apostillas estén actualizadas.
Guarda copias de toda la documentación presentada.
Paso 3: Presentar la solicitud
La solicitud podrá presentarse de dos formas:
Presencialmente:
En la Oficina de Extranjería de tu provincia.
Necesitarás cita previa, que podrás solicitar a través del sistema de cita previa del Ministerio.
Telemáticamente:
A través de la sede electrónica de extranjería.
Necesitarás certificado digital, cl@ve PIN o DNI electrónico.
Paso 4: Seguimiento y resolución
Una vez presentada la solicitud:
Recibirás un resguardo de presentación que acredita que tu solicitud está en trámite.
La administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver.
Podrás consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica.
Si la resolución es favorable, deberás solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes.
Plazos y fechas clave que debes conocer
Hito | Fecha estimada | Observaciones |
|---|---|---|
Aprobación en Consejo de Ministros | Abril 2026 | Ya aprobado |
Publicación en el BOE | Mayo 2026 (estimado) | Pendiente de fecha exacta |
Entrada en vigor | 20 días tras publicación en BOE | Aproximadamente junio 2026 |
Apertura del plazo de solicitudes | Desde la entrada en vigor | Duración: 6 meses |
Cierre del plazo de solicitudes | Aproximadamente diciembre 2026 | Improrrogable |
Resolución de solicitudes | Máximo 3 meses desde presentación | Silencio administrativo positivo |
⚠️ Importante: Te recomendamos no esperar al último momento para presentar tu solicitud. Las Oficinas de Extranjería suelen saturarse conforme se acercan los plazos límite, lo que puede dificultar la obtención de cita previa.
Diferencia entre regularización extraordinaria y arraigo
Es fundamental entender las diferencias entre la regularización extraordinaria aprobada y las vías ordinarias de regularización por arraigo que ya existían. A continuación, te presentamos una tabla comparativa:
Criterio | Regularización extraordinaria 2026 | Arraigo social | Arraigo laboral | Arraigo familiar |
|---|---|---|---|---|
Tiempo mínimo en España | 2 años | 3 años | 2 años | No exigido |
Oferta de empleo | Sí (o autoempleo) | Sí (salvo excepciones) | No necesaria | No necesaria |
Vínculos familiares | No exigidos | Valorados positivamente | No exigidos | Obligatorios |
Antecedentes penales | Limpios | Limpios | Limpios | Limpios |
Empadronamiento | Obligatorio | Obligatorio | Obligatorio | Obligatorio |
Plazo para solicitar | 6 meses (ventana limitada) | Abierto permanentemente | Abierto permanentemente | Abierto permanentemente |
Duración autorización | 2 años | 1 año | 1 año | 5 años |
¿Cuál es la mejor opción para ti? Si cumples los requisitos de la regularización extraordinaria, es la vía más rápida y ventajosa, ya que concede una autorización de dos años directamente. Sin embargo, si no cumples algún requisito, las vías de arraigo social, arraigo laboral o arraigo familiar siguen siendo alternativas válidas.
Preguntas frecuentes sobre la regularización de extranjeros
¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi solicitud?
El plazo previsto es de seis meses desde la entrada en vigor del decreto, que se estima para junio de 2026. Es decir, tendrías hasta aproximadamente diciembre de 2026.
¿Puedo solicitar la regularización si mi pasaporte está caducado?
Sí, aunque necesitarás presentar el pasaporte caducado junto con un justificante de que has solicitado cita en tu consulado para renovarlo y una declaración jurada.
¿Necesito un abogado para presentar la solicitud?
No es obligatorio, pero es muy recomendable contar con asesoramiento legal especializado en extranjería para maximizar las posibilidades de éxito y evitar errores que puedan retrasar o impedir la resolución favorable.
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Si la solicitud es denegada, podrás presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
¿La regularización incluye a mis hijos menores?
Sí, los menores de edad que se encuentren en España podrán ser incluidos en la solicitud de sus progenitores o tutores legales, sin necesidad de cumplir requisitos laborales.
¿Puedo trabajar mientras se tramita mi solicitud?
El resguardo de presentación de la solicitud te habilita para permanecer en España legalmente mientras se resuelve. Sin embargo, no te autoriza automáticamente a trabajar hasta que se resuelva favorablemente.
¿Qué diferencia hay entre arraigo social y regularización extraordinaria?
El arraigo social requiere tres años de estancia continuada y un informe de integración social, mientras que la regularización extraordinaria reduce el plazo a dos años y se centra más en la vinculación laboral. Consulta nuestra guía de arraigo social para más detalles.
¿Puedo solicitar la regularización si estoy en otra comunidad autónoma diferente a donde me empadroné?
La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia donde estés empadronado actualmente. Si te has mudado, deberás actualizar tu empadronamiento antes de solicitar.
¿Cuánto cuesta el proceso de regularización?
Los costes directos incluyen: la tasa administrativa (modelo 790, código 052, aproximadamente 16,32€), el certificado de antecedentes penales, las traducciones juradas y, en su caso, los honorarios del abogado. En total, el coste puede oscilar entre 200€ y 800€ dependiendo de la documentación necesaria.
¿Qué pasa si no me presento dentro del plazo de seis meses?
El plazo es improrrogable. Si no presentas la solicitud dentro de los seis meses establecidos, perderás la oportunidad de acogerte a esta regularización extraordinaria. Podrías seguir optando a las vías ordinarias de arraigo.
¿La regularización me permite viajar fuera de España?
Una vez obtenida la autorización de residencia y trabajo, y la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), podrás viajar libremente dentro del espacio Schengen. Sin embargo, durante la tramitación, se recomienda no salir de España para no interrumpir la continuidad de la estancia.
¿Puedo cambiar de empleador después de obtener la regularización?
Sí, la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena te permite trabajar en cualquier sector y para cualquier empleador durante su periodo de vigencia.
Recursos, enlaces oficiales y dónde pedir ayuda
Páginas oficiales del Gobierno
Boletín Oficial del Estado (BOE): www.boe.es — Publicación oficial del decreto.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: www.inclusion.gob.es
Sede electrónica de extranjería: sede.administracionespublicas.gob.es
Portal de inmigración: extranjeros.inclusion.gob.es
Organizaciones de apoyo a inmigrantes
CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado): asesoramiento jurídico gratuito.
ACCEM: orientación legal y acompañamiento en trámites.
Cruz Roja Española: programas de integración y asesoría.
Cáritas: apoyo social y jurídico.
Cómo encontrar un abogado de extranjería fiable
Consulta el turno de oficio de extranjería de tu Colegio de Abogados provincial (asistencia gratuita si cumples requisitos económicos).
Verifica que el abogado esté colegiado y especializado en derecho de extranjería.
Desconfía de intermediarios no profesionales que prometan resultados garantizados.
Contacta con Extranjería Clara para recibir orientación profesional y personalizada sobre tu caso.
Última actualización: abril 2026. Este artículo se actualizará conforme se publiquen nuevas instrucciones oficiales.
⚖️ Este servicio ofrece información orientativa. Confirma siempre en Extranjería o con un abogado colegiado.
Fuentes oficiales
Consulta siempre la información actualizada en la fuente gubernamental oficial:
Boletín Oficial del Estado (BOE)Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y MigracionesSede electrónica de extranjeríaPortal de inmigración¿Vas a cruzar un océano? ¿Una nueva vida?
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