
Tarjeta de familiar de comunitario: requisitos y documentación
Requisitos, parentescos admitidos y documentación de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión es el documento que acredita el derecho de residencia de quienes acompañan o se reúnen con un ciudadano de un Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza que reside en España. Se rige por el RD 240/2007, no por el régimen general de extranjería, y es notablemente más ágil.
Quién tiene derecho
Cónyuge, siempre que no haya separación legal ni matrimonio de conveniencia.
Pareja registrada en un registro público oficial.
Descendientes menores de 21 años, o mayores a cargo, propios o del cónyuge.
Ascendientes a cargo, propios o del cónyuge.
Otros familiares en supuestos tasados (convivencia previa, dependencia o motivos graves de salud).
Requisitos del ciudadano de la Unión
El derecho deriva de su situación. Debe estar en una de estas: trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante con seguro y recursos, o persona con recursos suficientes y seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España. Además, debe estar inscrito en el Registro Central de Extranjeros (certificado verde).
Documentación habitual
Impreso EX-19 por duplicado.
Pasaporte completo y en vigor del solicitante.
Documento de identidad y certificado de registro del ciudadano de la Unión.
Documento que acredite el vínculo: certificado de matrimonio, de pareja registrada o de nacimiento, apostillado y traducido.
Acreditación de medios: contrato y vida laboral, alta en RETA o extractos y seguro médico.
Prueba de convivencia o de dependencia económica en los casos que lo exijan.
Tres fotografías y tasa 790 código 012 para la expedición de la tarjeta.
Plazos y procedimiento
Solicitud dentro de los tres meses desde la entrada, en la Oficina de Extranjería o comisaría con cita previa.
Resolución en un plazo máximo de tres meses.
Toma de huellas y recogida de la tarjeta, con validez de cinco años.
Puntos que generan requerimientos
Seguro médico con copagos o coberturas parciales.
Certificados de vínculo sin apostilla o sin traducción jurada.
Dependencia económica del ascendiente no acreditada con envíos de dinero.
Relacionado: reagrupación familiar en régimen general.
Este contenido es orientativo y no sustituye al asesoramiento jurídico. Cada expediente depende de tus circunstancias: confirma tu caso con un abogado colegiado.
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