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    Renovación Profesional Altamente Cualificado (mismo empleador)

    Solicitud de renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo para profesionales altamente cualificados que mantienen una actividad laboral en España.

    Precio del servicio

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    Requisitos para renovar la residencia temporal por reagrupación familiar

    Para poder solicitar la renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

    1. Requisitos personales del reagrupado y del reagrupante

    • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
    • Carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que haya residido durante los últimos cinco años, por delitos tipificados en el ordenamiento jurídico español.
    • Ser titular de una autorización de residencia temporal por reagrupación familiar en vigor, cuando queden 60 días o menos para su vencimiento, o estar dentro de los 90 días posteriores a su caducidad.
    • Que se mantenga el vínculo familiar o de parentesco, o la existencia de la unión de hecho que dio origen a la autorización que se desea renovar.
    • Contar con asistencia sanitaria mediante cobertura de la Seguridad Social o disponer de un seguro médico privado.
    • En caso de tener menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, acreditar que están escolarizados durante su estancia en España.
    • Que el reagrupante sea titular de una autorización de residencia en vigor o se encuentre dentro del plazo de 90 días tras su vencimiento, y que se mantenga el vínculo familiar o la unión de hecho que motivó la concesión inicial.
    • Haber abonado la tasa correspondiente a la tramitación del procedimiento.

    2. Requisitos económicos y de vivienda

    Contar con medios económicos suficientes para cubrir las necesidades de la unidad familiar.

    • Se podrá computar la ayuda del sistema de asistencia social.
    • Para una unidad familiar de dos miembros, uno de ellos menor de edad, se exigirá como mínimo el 110% de la cuantía garantizada del Ingreso Mínimo Vital anual.
    • Por cada menor adicional, se añadirá un 10% extra, con un tope máximo del 150%.
    • Disponer de una vivienda adecuada que garantice unas condiciones mínimas de habitabilidad para todos los miembros de la familia.

    3. Plazo de resolución

    • El plazo de notificación de la resolución es de tres meses, contados a partir del día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
    • Si transcurre este plazo sin respuesta expresa de la Administración, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué incluye este servicio?

    • Revisión completa de tu documentación
    • Preparación y presentación del expediente
    • Seguimiento continuo hasta la resolución
    • Asistencia de abogados especializados colegiados
    • Gestión 100% online

    ¿Cómo funciona?

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