
Me han denegado la nacionalidad española: qué hacer paso a paso
Te han denegado la nacionalidad? Guía completa para recurrir en plazo y con éxito.
Una denegación de nacionalidad española no es el final del camino. La mayoría de resoluciones desfavorables se apoyan en motivos concretos y muchas son recurribles o subsanables. Lo importante es actuar dentro de plazo: los plazos administrativos son de caducidad y no se recuperan.
Motivos de denegación más frecuentes
Falta de buena conducta cívica: antecedentes penales, sanciones graves, denuncias relevantes.
Residencia legal insuficiente o interrumpida: renovaciones fuera de plazo, periodos en situación irregular, ausencias prolongadas de España.
No acreditar integración: falta del CCSE o del DELE A2 cuando no procede exención.
Documentación defectuosa: certificados sin apostillar, traducciones no juradas, documentos caducados.
No atender un requerimiento en plazo.
Silencio administrativo negativo transcurrido el año sin resolución expresa.
Lo primero es leer la resolución completa: el motivo determina la estrategia.
Los plazos
Vía | Plazo | Ante quién |
|---|---|---|
Recurso de reposición (potestativo) | 1 mes desde la notificación | Ministerio de Justicia |
Recurso contencioso-administrativo | 2 meses desde la notificación | Audiencia Nacional |
Si hubo silencio negativo | Plazos ampliados según la Ley 39/2015 | — |
El recurso de reposición es potestativo: puedes interponerlo o ir directamente al contencioso. Lo que no puedes es hacer ambos a la vez.
Recurso de reposición vs. contencioso-administrativo
Reposición: se presenta ante el mismo órgano que denegó, es gratuito y no exige abogado. Es la vía razonable cuando el motivo es un error material, un documento no valorado o una interpretación discutible que puedes rebatir con papeles nuevos.
Contencioso-administrativo: se presenta ante la Audiencia Nacional, exige abogado y procurador y tiene coste, pero lo revisa un juez independiente. Es la vía indicada cuando la denegación se basa en una valoración de fondo (buena conducta cívica, cómputo de residencia) que la Administración no va a cambiar por sí misma.
Cómo preparar el recurso
Identifica el motivo exacto citado en la resolución.
Reúne la prueba que lo desmonta: certificado de cancelación de antecedentes, certificado de residencia legal continuada, informes de vida laboral, empadronamiento histórico.
Redacta el recurso con estructura: hechos, fundamentos de derecho, petición.
Preséntalo por la sede electrónica dentro de plazo y conserva el justificante.
¿Recurrir o volver a solicitar?
Si el defecto es subsanable y ya lo has corregido —tienes el CCSE aprobado, los antecedentes están cancelados, ya suma el tiempo de residencia—, muchas veces una nueva solicitud limpia es más rápida que un recurso. Si la Administración ha computado mal tu residencia o ha valorado mal tu conducta, recurrir es lo correcto.
Este contenido es orientativo y no sustituye al asesoramiento jurídico. Cada expediente depende de tus circunstancias: confirma tu caso con un abogado colegiado.
Cómo te acompañamos
En Extranjería Clara revisamos tu caso, te decimos qué vía encaja contigo y preparamos el expediente completo con abogados colegiados ejercientes. Puedes ver todos nuestros trámites o escribirnos y te respondemos con un diagnóstico claro.
Preguntas frecuentes
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