Autorización de Residencia para Búsqueda de Empleo
Solicitud de autorización de residencia temporal para personas extranjeras que han finalizado estudios superiores en España y desean permanecer en el país para buscar empleo o emprender.
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Consulta cómo va tu expedienteRequisitos para solicitar la residencia para búsqueda de empleo tras estudios
1. Requisitos personales y legales
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a quienes les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.
- No figurar como persona rechazable en el espacio Schengen.
- No encontrarse en situación irregular en España.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- Si eres mayor de edad penal, debes carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido durante los últimos cinco años, por delitos tipificados en el ordenamiento español.
- No padecer ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública, conforme al Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
2. Requisitos académicos
- Ser titular de una autorización de estancia de larga duración por estudios (o una prórroga de la misma).
- Haber finalizado los estudios y haber obtenido como mínimo el Nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a un grado universitario.
3. Requisitos económicos y de seguro
- Contar con un seguro médico público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Disponer de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia y, en su caso, los de tus familiares:
- Para ti: el 100% del IPREM mensual, salvo que acredites haber pagado de antemano el alojamiento durante toda la residencia, en cuyo caso se exigirá solo el 50% del IPREM mensual.
- Para tus familiares: el 75% del IPREM para el primer familiar, y el 50% del IPREM para cada uno de los demás, salvo que también se acredite el pago previo del alojamiento por toda la duración de la residencia.
4. Plazos
- El plazo para presentar la solicitud es durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización de estancia por estudios de la que eres titular.
- También se podrá presentar dentro de los noventa días naturales posteriores a dicha fecha, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
- El plazo de resolución de la solicitud es de veinte días contados a partir del día siguiente a su presentación.
- Transcurrido dicho plazo sin respuesta expresa de la Administración, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.
Preguntas frecuentes
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